Los intercomunicadores son legales siempre y cuando estén homologados. La novedosa ley de tránsito, aprobada por el Congreso, empezó a producir toda clase de novedades el 21 de marzo. Algo que mucho más nos interesaba a los motociclistas era utilizar el intercomunicador de nuestros cascos.
Intercomunicador motocicleta: qué es y para qué exactamente sirve
Los intercomunicadores se usan eminentemente para charlar con el pasajero de la motocicleta. Pero asimismo para efectuar llamadas telefónicas, recibir mensajes o normas del navegador y entrar en contacto con otros motociclistas que estén en exactamente la misma región, por servirnos de un ejemplo para informarles de algún riesgo.
Y existen muchos modelos, con un precio variable entre cien y 500 euros, adaptable a prácticamente todos los modelos de casco. Eso sí, con la novedosa normativa y antes de su adquisición, va a haber que cerciorarse de que cumplen los requisitos de homologación normativos.
Qué vehículos pueden ir a 120 km hRequisitos para seleccionar un intercomunicador para motocicleta
En el momento de obtener un intercomunicador para motocicleta y que su empleo sea absolutamente legal, hay algunas peculiaridades que debemos confirmarnos de que tenga el dispositivo. Por poner un ejemplo:
- Control por voz. Este es uno de los más importantes requisitos, debemos poder usar las funcionalidades del dispositivo en cuestión comentando, sin dejar caer el volante.
- Conexión inalámbrica. Los controladores de tráfico no dejan la utilización de intercomunicadores que se conectan al móvil con un enchufe.
- Fijación al casco. Los auriculares no tienen que ir pegados a las orejas, sino más bien al casco. Por consiguiente, los habituales manos libres para móviles inteligentes no meritan la pena.
¿Cuándo se legalizará la utilización de intercomunicadores para motocicletas?
Así mismo, en el momento en que entre en vigor la novedosa Ley de Tráfico 2021, que se estima que tenga sitio en las próximas semanas, la utilización de los intercomunicadores para motocicletas va a estar completamente legalizado sin lugar a dudas. Esto pone fin a los años de pelea de las asociaciones de motociclistas y otros colectivos para imponer multas por la utilización de este género de herramientas de comunicación, que tantas virtudes tienen en el motociclismo.
La DGT ha manifestado la iniciativa de cambiar la normativa para regular la utilización de estos gadgets de comunicación inalámbrica en 2020, pero la pandemia ha retrasado el desarrollo. El mes pasado de junio, la agencia se comprometió a legalizar los intercomunicadores antes de final de año. Así mismo, la DGT cumple su promesa y hace situación la utilización legal de los intercomunicadores para motocicletas.
Últimos Procesos Legislativos
La próxima novedosa ley de tránsito contendrá una salvedad concreta y explícita para la utilización legal de los intercomunicadores de motos instalados en los cascos, tanto en motos como en ciclomotores.
La utilización de intercomunicadores de motos es discutido gracias a la interpretación abierta. Múltiples gobernantes de la autoridad podrían multarte por infringir la ley o dejarte ir por el hecho de que creyeron que habían sido admitidos. Esta inexistencia llega a su fin tras la última revisión de la Ley de Tráfico, Circulación de Automóviles y Seguridad Vial. El archivo aprobado por el Congreso de los Miembros del congreso de los diputados el pasado 30 de septiembre pasó a manos del Senado para ratificarlo o editarlo, y entre los puntos despejados en este filtro legislativo es exactamente la utilización del intercomunicador de motocicleta.
¿Qué afirma la ley sobre los intercomunicadores de motocicleta?
La situación de los intercomunicadores de motocicleta cambió desde el mes pasado de octubre de 2021, puesto que cambió la normativa y al fin se ha arreglado precisamente el inconveniente.
El apartado 3 del producto 13 es precisamente lo que afirma la Ley de Tráfico y Seguridad Vial que “queda contraindicado la utilización de teléfonos móviles inteligentes, navegadores o algún otro sistema de comunicación, salvo en el momento en que el avance de la comunicación se genere sin la utilización de manos o la utilización de cascos, auriculares o instrumentos afines”, con lo que sigue tolerado la utilización de manos libres, como hasta el momento.
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