Que te pide la policía para circular

Documentación obligatoria a circular: Archivo Nacional de Identidad. DNI verde o azul (si no es dueño del vehículo). Verificación Técnica Vehicular o Evaluación Técnica Obligatoria en vigor. Prueba de póliza de seguro.

Licencia o pase de conducir, 🚙

¿Necesito un permiso para conducir? Naturalmente. Y este es el archivo público que te acredita para conducir automóviles automotores en el territorio nacional. 💳 Motocicleta, turismo, camión… Dependiendo del género de vehículo a conducir, 🚛 se han reconocido las próximas categorías:

  • Categoría A: motocicletas (A1, hasta 125 cc; y A2 , mucho más 125 cc)
  • Categoría B: automóviles particulares (B1: turismos, motocicletas, cuadriciclos, autocaravanas, furgonetas y microbuses de empleo especial, B2: camiones, furgonetas y buses de empleo especial y B3: automóviles de servicios articulados particularmente).
  • Categoría C: incluye automóviles de categoría B, pero para servicio público.

Carnet de conducir

Asimismo popular como carnet de circulación o certificado de matriculación y es el archivo europeo que garantiza los datos del vehículo (fecha de matriculación, especificaciones, empleo pensado y titularidad del dueño).

Qué pasa si no hago el cambio de propietario dentro de los 30 días

Y desde el año pasado es viable llevar los dos privilegios (de circulación y de tráfico) digitalizados en tu móvil inteligente, merced a la app gratis miDGT que deja descargarlos, entre otros muchos servicios. En todo caso, resulta conveniente comprender que su reconocimiento solo está garantizado en la situacion de los agentes de la Guarda Civil que dependan de la DGT; en la situacion de otros cuerpos de seguridad, como el municipal, su aceptación va a depender de la intención del agente.

ITV:

Si quiere transladar un vehículo con la ITV caducada y consta en el una parte de automóviles de la DGT, Jefatura de Tráfico aceptará el cambio de titular pero NO concederá la novedosa circulación permiso hasta pasar la inspección técnica de automóviles. (ITV).

Esos automóviles que tengan embargo, si tienen la posibilidad de ser trasladados, por eso mismo, los embargos no se muestran en el Informe de Tráfico en la sección Limitaciones de Remoción. De esta forma, en estas situaciones, la DGT cambia de dueño, pero tiene la obligación de reportar al cliente de la presencia del embargo, a fin de que tenga perseverancia de que está comprando un vehículo a título oneroso. Hoy en día, la DGT solicita un archivo firmado por el cliente que indique que tiene conocimiento del envío del vehículo.

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FICHA TÉCNICA DEL VEHÍCULO

Si no la tiene en el vehículo para traer el original, es precisa una fotocopia multa obtenida en un organismo oficial o por un notario -, vas a ser multado con diez €.

Laura T.

Laura T.

Sobre el autor

Abogada especializada en derecho de homologación. Te ofrezco asesoramiento legal sólido y apoyo en tus cuestiones legales.

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